La contratación de menores de edad sin autorización constituye una grave infracción y, en determinados casos, un delito sancionado penalmente, especialmente cuando se trata de adolescentes realizando labores prohibidas o en condiciones de riesgo, por ello las empresas infractoras serán multadas hasta por un millón de soles.
La gerenta regional de Trabajo, Catherine Rodríguez Torreblanca, informó que actualmente articulan acciones conjuntas con instituciones para reforzar la protección de niñas, niños y adolescentes frente al trabajo infantil y actividades peligrosas.
La funcionaria precisó que la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil) tiene la facultad de imponer sanciones administrativas e incluso disponer el cierre de establecimientos donde se detecte trabajo infantil o adolescentes laborando sin autorización. Las multas pueden variar de acuerdo al tamaño de la empresa y la gravedad de la infracción, oscilando desde más de S/250 mil hasta superar el millón de soles.
RÉGIMEN ESPECIAL. Asimismo, remarcó que en el caso de menores de 14 años el trabajo está totalmente prohibido y tipificado como delito.
“Existe responsabilidad penal para quienes contraten menores que no están contemplados dentro de la ley o los expongan a actividades peligrosas”, enfatizó.
Rodríguez Torreblanca explicó que en el Perú sí existe un régimen especial para adolescentes trabajadores entre los 14 y 17 años con 11 meses de edad, siempre que cuenten con autorización emitida por la Gerencia Regional de Trabajo , consentimiento de los padres y condiciones adecuadas que no pongan en riesgo su integridad física o moral.
Detalló que los adolescentes no pueden laborar en actividades peligrosas, minería, discotecas, bares, trabajos nocturnos ni en horarios que afecten sus estudios. Además, la jornada laboral está regulada: los adolescentes de 14 años solo pueden trabajar hasta 4 horas diarias y 24 horas semanales, mientras que los de 15 a 17 años pueden laborar hasta 6 horas diarias y 36 horas semanales.
La autoridad regional recordó que, antes de otorgar una autorización de trabajo adolescente, se verifica que la actividad no se encuentre dentro de la lista de trabajos peligrosos o nocivos aprobados mediante el Decreto Supremo N.° 009-2022-MIMP.
Entre los principales requisitos para solicitar la autorización figuran: copia del DNI del adolescente y de sus padres o tutor, certificado médico, constancia de estudios, fotografías y contrato o declaración jurada del empleador donde se detalle el puesto, funciones, horario, remuneración y duración del trabajo.